Res. SRT 960/2015: todo lo que necesitás saber sobre exámenes de autoelevadores

SRT 960/2015

La Resolución SRT 960/2015 autoelevadores establece la obligación del examen de aptitud psicofísica para operadores de autoelevadores en Argentina. Si tu empresa opera autoelevadores, apiladores o equipos similares, esta norma te aplica directamente. No es optativa, no la cubre la ART y la responsabilidad es del empleador.

⚠️ Importante: El incumplimiento de la SRT 960/2015 puede generar multas de hasta $500.000 ARS por trabajador no evaluado, paralización de la actividad y responsabilidad civil ante accidentes.

¿Qué exige la SRT 960/2015 autoelevadores?

La Resolución 960/2015 establece 10 estudios obligatorios para cada operador de autoelevador. No alcanza con el examen preocupacional estándar: esta norma requiere una batería específica firmada por médico laboral matriculado ante la SRT.

  1. Historia clínica laboral — antecedentes patológicos y laborales previos
  2. Examen físico completo — énfasis en aparato locomotor y postura
  3. Agudeza visual — lejana, cercana y campo visual (imprescindible para la conducción)
  4. Audiometría tonal liminar — exposición a ruido de maquinaria en planta
  5. Electrocardiograma — obligatorio para mayores de 40 años o con antecedentes cardíacos
  6. Evaluación neurológica — coordinación, equilibrio y reflejos
  7. Laboratorio completo — hemograma, glucemia, uremia, orina
  8. Rx columna lumbar y cervical — exposición a carga y vibración en el puesto
  9. Test psicotécnico — atención, concentración y tiempo de reacción
  10. Evaluación aptitud para conducción — percepción de riesgo y toma de decisiones

El certificado de aptitud tiene una vigencia de 12 meses y debe estar firmado por un médico laboral con matrícula habilitada. Sin ese requisito, el documento no tiene valor legal.

¿Cuándo hay que realizar el examen?

La norma define tres momentos obligatorios:

Tipo de examenMomentoObligatoriedad
PreocupacionalAntes del primer turno en el puesto✅ Obligatorio
Periódico anualCada 12 meses desde el ingreso al puesto✅ Obligatorio
Reintegro post-accidenteTras accidente o enfermedad prolongada✅ Obligatorio

Un punto que muchas empresas pasan por alto: el examen periódico debe realizarse antes de que venza el certificado anterior, no después. Operar con certificado vencido tiene las mismas consecuencias legales que no tener certificado.

Consecuencias del incumplimiento de la SRT 960/2015

Operar autoelevadores sin cumplir con la SRT 960/2015 expone a la empresa a cuatro riesgos concretos:

  • 💸 Multas de hasta $500.000 ARS por trabajador no evaluado
  • 🚫 Paralización de la actividad por inspección SRT
  • ⚖️ Responsabilidad civil directa ante cualquier accidente
  • 🔴 Invalidación de la cobertura ART si el empleado no tenía certificado vigente al momento del siniestro

El cuarto punto merece especial atención: si ocurre un accidente con un operador sin certificado válido, la ART puede rechazar la cobertura del siniestro. Eso significa que el empleador asume el costo médico, las prestaciones dinerarias y la eventual responsabilidad civil en forma directa. Los costos reales de un accidente grave superan entre 4 y 10 veces lo que paga la ART.

¿Qué pasa si el operador resulta NO APTO?

El certificado puede concluir en: APTO o NO APTO.

Un operador que trabaja con certificado vencido o sin evaluación deja a la empresa sin cobertura ante cualquier accidente. Y un operador declarado NO APTO que igualmente opera un autoelevador expone al empleador a responsabilidad penal, no solo civil.

¿Qué pasa si hay un accidente y el certificado estaba vencido?

Esta es la pregunta que ningún responsable de RRHH o seguridad quiere enfrentar en la práctica. La respuesta tiene tres dimensiones: legal, económica y operativa.

El mecanismo por el que la ART puede desvincularse

La Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo establece un principio claro en su articulación con el art. 75 de la Ley de Contrato de Trabajo: si el accidente se produjo como consecuencia de incumplimientos por parte del empleador de la normativa de higiene y seguridad en el trabajo, el empleador responde directamente por el daño que excede la cobertura tarifada del sistema.

La SRT 960/2015 es normativa de higiene y seguridad. Un operador de autoelevador sin certificado de aptitud vigente constituye un incumplimiento objetivo, documentable y verificable en el momento del siniestro. No hay zona gris.

Cuando la ART recibe la denuncia del accidente y constata que el certificado estaba vencido, puede emitir rechazo parcial de la cobertura invocando ese incumplimiento. El trabajador igualmente recibe las prestaciones mínimas del sistema — pero el empleador queda expuesto a la diferencia por vía civil.

Caso ilustrativo: qué ocurre en la práctica

(Caso tipo construido sobre la doctrina y los mecanismos judiciales laborales vigentes en Argentina)

Los hechos. Una empresa distribuidora del GBA tiene a un operador de autoelevador cuyo certificado de aptitud psicofísica venció hace 14 meses. Nadie lo renovó. El operador sufre un accidente al volcar la máquina en una maniobra de carga: fractura de tibia, fémur y daño en columna lumbar. Incapacidad laboral permanente parcial del 45%.

El proceso. La ART recibe la denuncia. Al auditar el expediente, constata el certificado vencido. Emite carta de rechazo parcial invocando incumplimiento de la SRT 960/2015. El trabajador, asesorado por un abogado laboral, inicia acción civil por daños y perjuicios directamente contra el empleador, invocando incumplimiento del deber de seguridad previsto en el art. 75 LCT y en los arts. 1710 y 1711 del Código Civil y Comercial de la Nación.

La omisión de las condiciones de seguridad exigidas por la normativa vigente constituye una omisión culposa imputable al empleador. La ausencia del certificado de aptitud es la prueba documental de esa omisión — no requiere peritos ni interpretación: el documento existe o no existe, tiene vigencia o está vencido.

El resultado económico para el empleador:

ConceptoEstimación
Cobertura ART — prestación sistémica LRT$8.500.000 ARS
Indemnización civil integral (diferencia a cargo del empleador)$22.000.000 ARS
Honorarios legales y costas del proceso$3.500.000 ARS
Multas SRT por incumplimiento de la SRT 960/2015$500.000 ARS
Total a cargo del empleador~$26.000.000 ARS
Costo del examen periódico que no se realizó$85.000 ARS

La diferencia entre el costo de cumplir y el costo de no cumplir supera las 300 veces.

El punto que cierra el análisis

Cumplir con la SRT 960/2015 no es un gasto de cumplimiento normativo. Es la condición mínima para que el sistema de cobertura funcione como fue diseñado: la ART asume el riesgo, el empleador paga la alícuota, el trabajador está protegido.

Cuando el empleador no cumple, ese equilibrio se rompe. Y el eslabón más débil del sistema — que en teoría debería ser el trabajador — termina siendo el empleador, enfrentando un pasivo judicial que ninguna alícuota de ART cubre.

La renovación anual del certificado de aptitud bajo SRT 960/2015 no es un trámite administrativo. Es la diferencia entre estar cubierto y estar expuesto.

Si necesitás gestionar los exámenes preocupacionales y periódicos de tu dotación, podemos ayudarte con un programa coordinado de vigilancia médica que cumpla la SRT 960/2015 de punta a punta.

¿Tenés los certificados de aptitud SRT 960/2015 al día para todos tus operadores?

Di Lavore gestiona los exámenes, los certificados y el seguimiento de vencimientos. También coordinamos el control de ausentismo para que ningún operador opere sin evaluación vigente. Consultanos por tu caso → comercial@dilavore.com.ar

¿Tu empresa enfrenta este problema?

Artículos relacionados

Empresa de medicina laboral integral con 10 años de trayectoria, acompañando a organizaciones en la gestión estratégica de la salud ocupacional.

Scroll al inicio